TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE PISCINA,
INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Y ACTIVIDADES
DEPORTIVAS
Artículo 1º. Naturaleza y fundamento.
En uso de las facultades concedidas por los
artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de
Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 15 a 19 de la Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de las
Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la "Tasa por la
prestación del servicio de Piscina, instalaciones deportivas
municipales y Actividades deportivas", que se regirá por la
presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto
en el artículo 57 del citado Texto Refundido.
Artículo 2º. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la Tasa,
la prestación del servicio de piscina municipal, instalaciones
deportivas y actividades deportivas
Artículo 3º. Sujetos pasivos.
Serán sujetos pasivos de esta Tasa las
personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere
el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que soliciten o
resulten beneficiadas o afectadas por los servicios o
actividades que se detallan en la tarifa de esta Tasa.
Artículo 4º. Responsables.
- Serán responsables solidarios de las
obligaciones tributarias de los sujetos pasivos, las personas
físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 42 de la ley
General Tributaria.
- Serán responsables subsidiarios los
administradores de las sociedades y los síndicos,
interventores o liquidadores de quiebras, concursos,
sociedades y entidades en general, en los supuestos y con el
alcance que señala el artículo 43 de la Ley General
Tributaria.
Artículo 5º. Cuota tributaria.
Piscina Municipal
La cuota de esta Tasa será la
siguiente:
1. Por cada entrada de:
- Adultos, en día laborales, 3,60 €.
- Adultos, en días festivos, 5,00 €.
- Niños de 4 a 12 años días laborales, 1,80
€.
- Niños de 4 a 12 años días festivos, 3,00
€.
Jubilados a partir de 65 años y
discapacitados: 0,60 €.
2. Bonos piscina:
.Adultos (10 baños laborables): 19,00
€.
.Adultos (10 baños festivos y laborables):
31,00 €.
.Niños de 4 a 12 (10 baños laborable): 9,00
€.
.Niños de 4 a 12 (10 baños festivos y
laborables): 18,00 €.
Previa presentación de carnet joven (10
baños laborables): 17,00 €.
Previa presentación carnet joven (10 baños
laborables y festivos): 28,00 €.
3. Temporada:
Adultos: 89,00 €.
Niños: 42,00 €.
Previa presentación del carnet joven: 80,
00 €.
4. Bonos Familiares:
Por familias de 4 o más persona. Para
miembros de la misma unidad familiar (padres e hijos solteros
que convivan con sus padres y a sus expensas) previa
presentación del libro de familia: 175 €.
Los bonos son personales e
intransferibles.
5.- En caso de discapacidad acreditada, se
confeccionará un carnet que lo acredite, en dónde se indicará
si necesita o no acompañante (previo informe de los servicios
sociales). En caso afirmativo, el acompañante se indicará en
dicho carnet para que, junto con su DNI, abone el mismo
importe que el discapacitado, 060 euros
6.- Uso de sombrillas y hamacas: 1,50 €/día
cada una
PABELLÓN CUBIERTO
Pista
|
Sin Luz
|
Luz Entrenamiento
|
Luz Competición
|
Pista completa 1h.
|
10€
|
15€
|
20€
|
2/3 Pista 1h
|
6€
|
10€
|
14€
|
1/3 Pista 1h
|
3€
|
5€
|
7€
|
Pista de Tenis 1h
|
4€
|
6€
|
8€
|
CAMPO DE CÉSPED ARTIFICIAL
Campo
|
Sin Luz
|
Con Luz
|
Campo completo 1h
|
22€
|
33€
|
Partido de Fútbol
|
33€
|
44€
|
Campo de Futbol-7 1h
|
14€
|
21€
|
PISTAS DEPORTIVAS
Pista
|
Sin luz
|
Con luz
|
Pista de tenis 1h
|
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